EN ESTE BLOGG TOCAREMOS DISTINTOS TEMAS RELACIONADOS SOBRE LA INFORMÁTICA JURÍDICA Y COMO EN ESTOS TIEMPOS HA COBRADO IMPORTANCIA EL USO DE LAS DIVERSAS HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS EN EL CAMPO DEL DERECHO.
domingo, 28 de junio de 2015
miércoles, 24 de junio de 2015
ANALISIS
"MAS
INFORMACIÓN, MENOS CONOCIMIENTO"
De Mario Vargas
Llosa

El presente artículo
empieza evocando a Nicholas Carr, Literato de la Dartmouth College de la
Universidad de Harvard, quien descubre que había dejado de ser un buen lector,
pues su concentración se disipaba cuando empezaba a leer un libro, más aun si
era complejo y demandaba mucha atención y reflexión, experimentaba que en su
mente nacía un rechazo a continuar con el empeño intelectual de la lectura. Por
lo que tomó la decisión, de abandonar junto a su familia, las instalaciones de
Boston y vivir en una cabaña de las montañas de Colorado, donde no había
telefonía móvil e Internet. Luego de dos años, escribe el libro “The Shallows:
What the Internet is Doing to Our Brains”, traducido al español,
“Superficiales: ¿Qué está haciendo Internet con nuestras mentes?”.
Mario Vargas Llosa quedó admirado con el libro de Carr, donde este último reconocía la extraordinaria aportación de las megaempresas informáticas como Google, Twitter, Facebook o Skype, las cuales ofrecen servicios de información y comunicación, ahorrando tiempo y facilitando a una inmensa cantidad de seres humanos el acceso a las mismas.
Vargas Llosa indica
que: ¿quién podría negar que la informática es un avance casi milagroso que,
haciendo un pequeño clic con el ratón, un internauta recabe una información que
hace pocos años le exigía semanas o meses de consultas en bibliotecas y a especialistas?.
Por otro lado plantea la siguiente pregunta: ¿Para qué mantener fresca y activa
la memoria si toda ella está almacenada en algo que un programador de sistemas
ha llamado "la mejor y más grande biblioteca del mundo"?.
Señala que los
alumnos están acostumbrados a “picotear” información en sus computadoras, sin
tener necesidad de hacer prolongados esfuerzos de concentración, lo que ha
permitido perder el hábito de hacerlo, y han sido condicionados para
contentarse con ese resplandor cognitivo a que los acostumbra la Red.
Finalmente Vargas
Llosa cita a Van Nimwegen, quien dedujo luego de algunos experimentos: que
confiar a los ordenadores la solución de todos los problemas cognitivos reduce
"la capacidad de nuestros cerebros para construir estructuras estables de
conocimientos". Lo que le impulsa a llegar a la siguiente conclusión: “…la
robotización de una humanidad organizada en función de la "inteligencia
artificial" es imparable".
CUESTIONARIO
1. ¿Es
cierto que existe una distorsión en la capacidad de análisis del lector que
está atado a la información reverberante del internet?
En el caso de un supuesto de una
Persona internauta usuaria de Internet necesita por circunstancias del destino,
analizar una lectura impresionante q encuentra en las redes digitales, esto es
solo un supuesto, y de acuerdo al mismo puedo llegar a una pequeña conclusión,
que la capacidad de análisis de una persona está ligada directamente a su
capacidad de interiorizar y comprender una lectura, lo que generalmente no se
puede realizar.
El internet no es un medio para
analizar una lectura, pero en algo estoy de acuerdo con el Doctor Mario Vargas
Llosa, que el internet te facilita tanto la información que uno no tiene la
necesidad de hacer prolongados esfuerzos de concentración y ello conlleva a
perder el hábito y hasta la facultad de hacerlo.
2. De ser
positiva su respuesta, ¿cómo se produce ésta?
La lectura es una actividad compleja
del cerebro, siempre se nos ha enseñado que debemos desarrollar los niveles de
lectura como el entender, comprender, analizar e interiorizar la información,
lo que obviamos pues la misma es abundante y solo utilizamos lo necesario para
cumplir con nuestros deberes, por lo que muchas veces confiamos a los
ordenadores la solución de todos los problemas cognitivos, reduciendo la
capacidad de nuestros cerebros para construir estructuras estables de
conocimientos.
PRACTICA
CALIFICADA SOBRE INFORMATICA JURÍDICA Y DERECHO
Autor: Fernando Rios Estavillo. “Informativa Jurídica y Derecho”.
Aspectos básicos. Responder:
1.
Según Rios, qué es comunicación y cuál es su
trascendencia?
Según Rios Estavillo define la comunicación
como una manifestación del pensamiento del hombre dentro de su círculo
personal, se constituye por un proceso de transmisión; a través de un canal a
otra persona con el fin de ejercer en esta última cierto desenvolvimiento mutuo
o producir en el algún estimulo. Así podemos mencionas que la comunicación es
la transmisión de información, ideas, emociones, habilidades, etcétera,
mediante símbolos: palabras, imágenes, cifras, gráficos, entre otros. Su
trascendencia radica en que nos permite interactuar con los demás
permitiéndonos así desarrollarnos y desenvolvernos mejor en nuestra vida para
lograr nuestros objetivos, y para ayudar también a los demás.
Es un proceso fundamental, sin la
comunicación no existirían los grupos humanos. Debe considerarse, primeramente,
que la comunicación es un concepto , entendiendo éste como un término que
describe fenómenos con características y significados comunes: un concepto es,
pues, un símbolo de los objetos o fenómenos que estudiamos, es un término que
se refiere a elementos o cualidades comunes.
2.
¿Cuáles son las tres funciones principales
del lenguaje.
Las tres funciones principales del
lenguaje son:
a) Ser el vehículo primario para la
comunicación;
b) Reflejar simultáneamente la
personalidad del individuo y la cultura de su sociedad. Contribuye, a su vez, a
plasmar tanto la sociedad como la cultura;
c) Hacer posible el crecimiento y la
transmisión de la cultura, la continuidad de las sociedades y el funcionamiento
y control efectivo de los grupos sociales.
3.
¿Qué es la semiótica? ¿En qué áreas la divide
Morris?
La semiótica se encarga del estudio de
los signos, todo lo referente al uso de los signos convencionales arbitrarios,
conocidos tanto por el emisor, como por el receptor; signos que no pretenden
tener ninguna semejanza con los elementos que representan: fonemas o letras,
números o signos, y que no contienen ninguna relación más que la convencional
con el mundo que expresan.
Morris divide la semiótica en tres
áreas:
a) La pragmática, que es la relación entre
signos y sus efectos sobre quienes hacen uso de ellos;
b) La sintaxis, que es la que se ocupa
de la relación de los signos entre sí, y c) La semántica, que se ocupa del
significado de los mensajes.
4.
¿Cuál es la relación entre la Informática
Jurídica y derecho?
Entre el Derecho y la Informática
podrían apreciar dos tipos de interrelaciones. Si se toma como enfoque el
aspecto netamente instrumental, se está haciendo referencia a la informática
jurídica. Pero al considerar a la Informática como objeto del Derecho, se hace
alusión al Derecho de la Informática o simplemente Derecho Informático.
5.
¿Cuál es la importancia de la información
desde el punto de vista jurídico?
Es un derecho fundamental reconocido
por la doctrina, la legislación y la jurisprudencia denominado derecho a la
información. El derecho a la información ha sido analizado en cuanto a su
naturaleza jurídica por varios autores, antes eso, simplemente nos resta
considerar que estamos en presencia de un derecho social e individual, por medio
del cual garantiza que el gobernado esté debidamente enterado de los diversos
procesos o factores de diversa índole, social, político o económico que se
realicen en la sociedad y que afecten o no a la misma.
6.
¿En qué consiste la Informática Jurídica
Documental?
Es la
aplicación de técnicas informáticas a la documentación jurídica en los aspectos
sobre el análisis, archivo y recuperación de información contenida en la
legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier otro documento con contenido
jurídico relevante.
7.
Señale la utilidad de la Informática Jurídica
de Gestión? De un Ejemplo práctico.
La informática jurídica de gestión nos
provee de herramientas que nos ayudan a tener mayor control y orden en los
procesos de trabajo. Nuestra labor se centrará en proporcionar la información
al equipo de cómputo, para que éste lo organice, lo ordene y nos proporcione
cifras, nombres, fechas, estadísticas o cualquier otro dato de la información
almacenada.
La informática jurídica de gestión,
que también es conocida como de administración y/o control, es utilizada en
tribunales, despachos, notarías, entre otras oficinas jurídicas (de ahí también
el nombre de ofimática), que se utiliza sobre todo para llevar el seguimiento
de trámites y procesos con el objeto de mantener actualizada la información y
llevar un buen control de la misma. Utilidad que se puede llevar a cabo en
diferentes ramas, como: a) Registral: que se ocupa de todos los tipos de
registros, sean públicos o privados. Se trata de facilitar a los diferentes usuarios
datos fehacientes en todos los registros oficiales, con rapidez y facilidad de
acceso. b) Operacional: Trata de facilitar la actuación de las oficinas
relacionadas con el derecho, tanto a nivel público, como privado (bufetes,
notarías, etcétera) en los que va a permitir que la máquina lleve toda la
actuación repetitiva, el control de asuntos, etcétera. c) Decisional: Es la
utilización de modelos predefinidos para la adecuada solución de casos
específicos y concretos.
En cuanto al ejemplo práctico: En el
despacho de un abogado, en el cual se simplifica mediante el uso de sistemas
automatizados un gran número de labores propias de dicho entorno como: control
de asuntos, honorarios, redacción y verificación de escritos, complementando
con documentación de orden legislativo, jurisprudencial, doctrinario y
bibliográfica, para un mejor desempeño de la profesión.
8.
¿En qué consiste la informática Jurídica
metadocumental?
La informática jurídica metadocumental
a diferencia de la de gestión; esta se caracteriza por conformarse por bases de
conocimiento jurídico y consiste en una gran variedad de esfuerzos y proyectos
que intentan obtener de las aplicaciones de la informática al derecho
resultados que encaminen una mejor recuperación y reproducción de información
(documental o no), con la pretensión de que la máquina solucione por sí misma
problemas jurídicos, o al menos auxilie a hacerlo, y contribuya al avance de la
teoría jurídica.
9.
¿En qué consiste la Heurística y cuál es su
relación con la Informática Jurídica?
La
heurística (encuentro o búsqueda, arte de la búsqueda), mediante su método,
procede paso a paso decidiendo tras cada uno de ellos la estrategia que
conviene aplicar para dar el siguiente, y así sucesivamente (se dice, por
ejemplo, que con los métodos algo rítmicos se sabe por anticipado cuáles serán
exactamente las operaciones que deben efectuarse para hallar el resultado de un
problema).
También la heurística se aplica en el
ámbito de la inteligencia artificial; por ejemplo, cuando un ordenador juega
ajedrez y decide cada jugada, no ya de acuerdo con una lista preestablecida,
sino en función de una nueva situación creada por la última jugada del
adversario, que requiere una decisión “razonada” (se trata de razonamientos
basados en la experiencia).
En cuanto a la relación con la
informática jurídica, ésta se encuentra en la aplicación de la enseñanza del
derecho, podemos decir que es la rama que tiene interacción directa con las
materias de pedagogía del derecho, psicología educativa, lingüística y
comunicación, cuy a finalidad es crear sistemas de enseñanza cuy o soporte de
realización se aplica, en primera parte, en la utilización de un instrumento
computacional; en segundo lugar, las bases de conocimiento para representar,
organizar, analizar y estructurar la información jurídica y , por último, la
evaluación formativa del proceso enseñanza-aprendizaje previsto en el sistema.
10.
¿En qué consiste la Teoría General de
sistemas aplicada al derecho?
La teoría general de los sistemas
aplicada al derecho consiste en la forma de un todo organizado mediante
elementos de reglas y normas, así un sistema jurídico es considerado, en unos
casos, como un sistema conceptual. Entre otros casos, éste se concibe como si
fuera un cuerpo de reglas, también se consideran sistemas jurídicos o legales
las organizaciones encargadas de administrar justicia y, de igual manera, se
designa a los procedimientos seguidos para impartir justicia. En consecuencia,
la teoría general de sistemas en el derecho es precisamente un sistema en el
que intervienen: conceptos, reglas, procedimientos. En conjunto, podemos
globalizarlo como un sistema normativo, que se traduce precisamente en una
organización social.
11.
¿De qué trataba la jurimetría?
En el año 1948 se comenzó a hablar del
uso de los ordenadores o computadoras en el mundo jurídico, precisamente en que
nace la cibernética de Norbert Wiener, las referencias que en tal obra se
dieron influyeron probablemente en un artículo publicado un año después por Lee
Loevinger en el que habla por primera vez de jurimetría; la cual trataba del
uso de los ordenadores en el derecho. Efectivamente, Lee Loevinger, responsable
de la División Antitrust de los Estados Unidos de América, introdujo los
ordenadores electrónicos en la aplicación de la legislación antimonopolista:
con esta actividad se inicia la aplicación de los ordenadores en el derecho.
Precisamente a esta actividad Loevinger le llama jurimetría porque aplica
criterios cuantitativos al derecho, sin embargo, como dice Losano, no determinó
su objeto mediante una definición.
Posteriormente, en el año de 1963,
Hans Baade edita la obra Jurimetrics: The Methodology of Legal Inquiry, en la
que especifica que para el desarrollo de esta materia se debían aplicar tres
tipos distintos de investigación: En primer lugar, aplicar modelos lógicos a
normas jurídicas establecidas según los criterios tradicionales; En segundo,
aplicar el ordenador o computadora a la actividad jurídica, y- E n tercero,
llegar a prever futuras sentencias de los jueces.
12.
¿Por qué se dice que la Teoría General del
Control es esencial para la Cibernética?
La Teoría General del Control es
esencial para la Cibernética porque la cibernética se ocupa de los fenómenos de
control y comunicación, lo cual puede traducirse en el diseño y construcción de
máquinas, y más recientemente, desemboca en los problemas de la llamada
inteligencia artificial. Así con los estudios de Wiener fueron dirigidos en
forma matemática al estudio del comportamiento humano visto y representado en
una máquina; esto es, por un lado, la identidad de los mecanismos de control y
regulación tanto en los hombres y en los animales como en las máquinas, y por
el otro, la conexión entre estos mecanismos y la transmisión de informaciones.
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