domingo, 6 de septiembre de 2015







“IMPACTO DE LA NUEVA LEY DE DELITOS 

INFORMÁTICOS EN EL PERÚ”





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RESPONDER A  LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:

1.-Realizar un análisis comparativo de la Nueva Ley de Delitos Informáticos (con sus vigentes modificatorias), y la legislación comparada.

La Nueva Ley de Delitos Informáticos promulgada en el Perú  ha causado diversas reacciones, como por ejemplo, EL INFORME DE LA LIBERTAD DE PRENSA DEL PERÚ, elaborado por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), la misma que señala esta ley como  un riesgo para el ejercicio de la profesión
Las observaciones hechas al proyecto de ley, AHORA LEY, tienen que ver con su redacción, AMPLIA Y GENERAL que hace que prácticamente cualquiera viole la ley y se convierta en DELINCUENTE, pues los delitos tipificados afectan derechos fundamentales, como el acceso al conocimiento y a la libertad de expresión entre otros.
Algunos ejemplos de este tipo de delitos serian: borrar archivos de otra persona, utilizar una base de datos, o el hackeo ético, ENTRE OTROS.
Así también, se ha hecho notar la exigencia por parte de la Ley, de que los proveedores de internet ,mantengan la compatibilidad de sus servicios con los sistemas de interceptación de comunicaciones de la policía peruana.
Asimismo, detalla que, por ejemplo, el artículo 3, mencionado también por Iriarte, no da más detalles sobre la aplicación y pone su interpretación “EN MANOS DE CUALQUIERA Y PONIENDO EN RIESGO LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN”.



2.-Reflexionar sobre los pro y contra que trae esta norma y porque se considera crítica para derechos fundamentales.





 


3.- ¿Cuál o qué es el bien jurídico de tutela en los delitos Informáticos?

En  este caso el bien jurídico de tutela de la información seria LA INFORMACIÓN.
Con la aprobación de la Ley de Delitos Informáticos, se introducen una serie de nuevos delitos al ordenamiento jurídico peruano.
Un ejemplo de ello, está el de acoso a menores a través de Internet (grooming) que pasa a tener una pena más alta que la comisión de actos contra el pudor contra menores en la calle o en el colegio.







4. ¿Por qué se dice que existen delitos informáticos y estos se diferencian de los delitos computacionales?

Al referirnos sobre los delitos informáticos y delitos computacionales debemos tener en cuenta que estos delitos son diferentes aunque a veces pensamos que poseen similitud la diferencia radica en que:

a.    LOS DELITOS COMPUTACIONALES: Es el uso de la computación y las TICS como medios, para cometer delitos estipulados en nuestro código penal como fraudes, estafas informáticas Scamming, Phishing, robo o hurto, por medio de la utilización de una computadora conectada a una red bancaria, donde consiguen acceso a información de tipo personal, como contraseñas de cuentas bancarias para beneficiarse económicamente de estas. 



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b.      LOS DELITOS INFORMÁTICOS: Son aquellos actos por los cuales se vulnera la información en si, como se la piratería, la obtención ilegal de información, accediendo sin autorización a una PC, el Cracking y Hacking de software protegido con licencias. Son también aquellas conductas delictuales en las que se ataca bienes informáticos en sí mismo, no como medio, como ser el daño en el Software por la intromisión de un Virus, o accediendo sin autorización a una PC, o la piratería de software.

En si esta diferencia radica en que los delitos computacionales usan el ordenador para cometer delitos ya tipificados como la estafa por Internet, y los delitos informáticos se refiere a la comisión de delitos de la información contenida en medios magnéticos en si, como la piratería, destrucción de información mediante virus, etc.



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